La condición básica para que un lesionado en un accidente de tráfico pueda cobrar su indemnización es que la culpa de dicho siniestro la tenga otra persona. Se puede incluso cobrar una indemnización si la culpa del accidente de circulación no ha sido de nadie.
Culpable del accidente, el propio lesionado
Pero si se da el caso contrario, y la culpa del accidente es del propio lesionado, éste no cobrará por los días de baja y secuelas sufridos salvo que se tuviera contratado en póliza un seguro de accidentes que cubriera los días de incapacidad y las lesiones permanentes. Por si acaso, contacte siempre con su abogado para que lo compruebe.
Compensación de culpas
¿Qué sucede si la culpa del accidente de tráfico se comparte entre la víctima y otro conductor? Pues bien, en estos casos, el conflicto suele resolverse aplicando una compensación de culpas. ¿Qué quiere decir esto? Se tienen que establecer los porcentajes de culpa que cada interviniente ha tenido en el accidente tiene y luego restar ese porcentaje de la indemnización que le correspondería cobrar. Por tanto, una vez visitado por el médico forense, se calcula la indemnización que le corresponde y se descuenta la cantidad proporcional fijada correspondiente a su parte de culpa.
No obstante, el sistema es un poco más complicado de lo que parece, por lo que contar con la ayuda de un profesional es esencial. Hay que partir de la base que en caso de compensación de culpas el procedimiento de juicio de faltas se archivará, por no haber un culpable exclusivo, y será preciso abrir un segundo procedimiento, conocido como ejecución de auto de cuantía y en el cual se establece el porcentaje de culpa de cada parte, a fin de poder ajustar la indemnización final. Le recomendamos que contacte cuanto antes con nuestro despacho de abogados de Sevilla para empezar a trabajar y que los plazos no corran en su contra. No lo dude más, llámenos.